En el marco de los preparativos para un posible Brexit duro (sin acuerdo), la Comisión Europea ha lanzado una página web en la que presenta un resumen de las diversas medidas de contingencia que están preparando los 27 Estados miembros, orientadas a garantizar los derechos de residencia de los ciudadanos británicos que residen legalmente en los países de la UE. La información que se recoje no refleja la opinión oficial de la UE, sino la de cada autoridad nacional. Esta responde a las siguientes cuestiones:
1) Qué enfoque ha sido o será el elegido para ofrecer un derecho continuado a los ciudadanos de Reino Unido en la UE (aplicación de las normas existentes, legislación ad hoc, evaluación caso por caso o enfoque horizontal),
2) Qué medidas administrativas están previstas para hacer frente a la carga administrativa derivada de un Brexit sin acuerdo en este ámbito, y si, por ejemplo, se priorizarán ciertas categorías de personas (como viajeros frecuentes),
3) Qué tipo de acciones se prevén para informar a los ciudadanos británicos residiendo en la UE (tipo de comunicación, contacto vía consulados, etc), y
4) el Calendario previsto sobre la campaña de información y comunicación, aceptar primeras solicitudes (antes del 30 de marzo), entrega de los primeros permisos (si antes o no de la entrada en vigor de la retirada.
Como es lógico sobre España, la Comisión facilita el enlace especial que figura en la página web de la Moncloa.