El BOJA publica la ley por la que se crea la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico de Andalucía, cuyos estatutos deberán ser aprobados ahora por el Consejo de Gobierno
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó el 30 de diciembre la ley por la que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA). Esta ley establece que la constitución efectiva de la Agencia TRADE se producirá una vez entren en vigor sus estatutos, para lo que marca un plazo máximo de seis meses. Estos estatutos deberán haber sido aprobados previamente por el Consejo de Gobierno autonómico.
La ley, aprobada en el Parlamento el pasado 15 de diciembre, regula el proceso de integración de cuatro de los principales entes instrumentales de la Junta: la Agencia IDEA, la Agencia Andaluza del Conocimiento (AAC) –ambas dependientes de la Consejería de Transformación Económica–, la Empresa Pública de Promoción Exterior (Extenda) –adscrita a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior–, y la Fundación Andalucía Emprende –Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo–.
Constituye el objeto de la Agencia TRADE “la realización de actividades de fomento y promoción que favorezcan el desarrollo económico y empresarial de Andalucía, la diversificación y valorización del sistema productivo andaluz, impulsando y acompañando al tejido productivo andaluz para lograr las condiciones idóneas para ello y la mejora de la innovación, de la competitividad y de la promoción, inversión exterior e internacionalización en la estructura productiva”, indica la propia ley. Además, su finalidad será también “el fomento de la transferencia de conocimiento y de los resultados de la I+D+i entre los agentes internacionales y el fomento de la cultura emprendedora, promoción del talento y asesoramiento empresarial, así como la gestión y seguimiento de la planificación en materia de I+D+i, el ejercicio de competencias relativas a la compra pública de innovación y la realización de estudios de prospectiva relacionados con la I+D+i”.
La Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico tendrá la consideración de entidad instrumental dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de Presidencia y a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de Promoción Económica.
La Agencia TRADE se subrogará en los derechos y obligaciones derivados de los contratos de trabajo del personal laboral y, en su caso, de los convenios colectivos vigentes, así como de los acuerdos derivados de la interpretación de los mismos, dentro de los límites legales aplicables, hasta la aprobación de un nuevo convenio colectivo. Este nuevo convenio será de aplicación para todo el personal, previa negociación colectiva con los representantes de los trabajadores con los requisitos legalmente previstos.
La mesa negociadora del convenio colectivo único que regule las relaciones laborales de la plantilla resultante deberá constituirse en un plazo no superior a los tres meses desde la aprobación de los estatutos de la entidad.
El personal laboral proveniente de las agencias permanecerá en el mismo puesto y condiciones que venía ocupando, con la consideración de personal laboral de la nueva agencia pública empresarial.
A partir de mañana (fecha de entrada en vigor de la citada ley), y en el plazo máximo de seis meses, la entidad definirá y aprobará, según lo que dispongan sus estatutos, su plan inicial de actuación para liderar la promoción económica de Andalucía, establecer una estrategia para el logro de dicha finalidad, plantear una adecuación de los estatutos para el funcionamiento integrado de las entidades que pasan a conformarla y adecuarse al proceso de reordenación de la estructura de personal.
Proceso de capacitación profesional
La asignación de puestos en la nueva agencia se desarrollará a través de un proceso de capacitación profesional entre el personal proveniente de las anteriores entidades, conforme a procedimientos que aseguren los principios de publicidad, mérito y capacidad entre el personal existente que cumpla con los requisitos necesarios.
Hasta el momento de la liquidación y extinción de la Agencia IDEA, esta subsistirá para la realización de su actividad en materia de gestión del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 durante el tiempo necesario para la terminación ordenada de las operaciones. Deberá, además, haber realizado todas las operaciones necesarias para la ordenada liquidación de las operaciones financieras vivas.
Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA)
Por su parte, la ley establece que Agencia ACCUA tendrá como competencias la evaluación y acreditación de las instituciones universitarias, su profesorado y otras actividades afines, sin perjuicio de la autonomía universitaria, y de las actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento.
La efectiva puesta en funcionamiento de ACCUA se producirá con la entrada en vigor del decreto del Consejo de Gobierno por el que se aprueban sus estatutos, que deberán fijar su dotación inicial, sus competencias, estructura orgánica, ejercicio de potestades pública y régimen de funcionamiento.
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